jueves, 16 de junio de 2011

Modificación de la Ley de Publicidad de la Ciudad de Buenos Aires

El pasado 3 de junio, la Legislatura porteña sancionó la modificación de la ley de publicidad exterior Nº 2.936 en lo que compete a carteles ocasionales. En el artículo 8, se dispone que los mismos no podrán sobresalir  ni ser de madera o chapa. Deberán ser de lona o vinilo con estructura de caño y tendrán que estar pegados al frente del edificio. Queda prohibido el uso de sogas, alambres de hierro, galvanizado o similares, así como ataduras de cualquier tipo para el anclaje de los carteles. Cabe destacar que estamos modificaciones aún no han sido promulgadas por el ejecutivo de la Ciudad de Bs.As.

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