miércoles, 15 de junio de 2011

Impuesto de sellos para contratos de locación comerciales Cdad. de Bs.As


Al momento del trámite ante la oficina de impuestos de sellos, la documentación que debe presentarse en la siguiente:
1). Original y fotocopia del contrato de locación.
2). Original y fotocopia de los documentos de identidad de los firmantes.
3). Original y fotocopia de constancias de CUIT/CUIL /CDI de los firmantes.
4). Original y fotocopia de la boleta de ABL del inmueble.
5). Si se trata de personas jurídicas, original y fotocopia del contrato social o Estatuto.
La liquidación del impuesto se realiza sobre el 0,5 % del monto total de la locación (período completo del contrato). Cada parte tributa el 0,25%. El cálculo no se realiza incluyendo el IVA ni expensas ni impuestos.
Una vez completado el formulario electrónico (http://www.agip.gov.ar/web/ventanillas/sellos.htm), el sistema le generará un comprobante de pago, con el cual Usted podrá dirigirse a cualquier sucursal del Banco Ciudad. Para ingresar al aplicativo, se debe entrar en: https://clusterapw.agip.gov.ar/claveciudad/?s=agip_se
Para más información sobre el impuesto de sellos, se puede consultar el Código Fiscal 2011 http://www.cedom.gov.ar/es/legislacion/normas/codigos/fiscal/index15.html#n1

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